Usa el Modelo 036 para cambiar de estado empresarial

Usa el Modelo 036 para cambiar de estado empresarial

modelo 036 para cambiar los datos de Hacienda modelo 037

Continuando nuestro recorrido por las obligaciones fiscales de los autónomos y sociedades, hoy le toca el turno al modelo 036/037 o declaración censal.

Como podeis observar, aparecen dos números de modelo separados por una barra, y ¿esto qué quiere decir? Son modelos equivalentes pero el modelo 036 corresponde al general y el 037 a la versión simplificada de éste, más sencilla y que permite al empresario agilizar las gestiones.

Cualquier cambio de estado implica la cumplimentación y entrega del modelo 036. Se utiliza antes, durante y al finalizar la actividad empresarial…

¿Para qué se utiliza el modelo 036?

El modelo 036 nos permite informar a Hacienda de cualquier modificación que se produzca en nuestros datos. Y más concretamente:

  • Comunicar nuestros datos básicos.
  • Solicitar el NIF.
  • Darnos de alta en los epígrafes de actividades económicas.
  • Comunicar que vamos a comenzar a incurrir en gastos relacionados con la actividad aunque no empecemos a «vender» hasta más tarde.
  • Comunicar qué modelos son los que tenemos obligación de cumplimentar con respecto a IVA, retenciones e ingresos a cuenta.
  • Comunicar cualquier modificación que se produzca en los puntos anteriores.
  • Darse de baja de la actividad empresarial.

Su modelo simplificado equivalente, como decíamos,  es el modelo 037 y se usa para lo mismo, pero solo puedes acceder a él si cumples con estos requisitos:

  1. Resides en España.
  2. Tienes un NIF.
  3. No eres Gran Empresa.
  4. No actúas por medio de representante.
  5. Tu domicilio fiscal y administrativo coinciden.
  6. No estás incluido en los regímenes especiales del Impuesto sobre el Valor Añadido, salvo, régimen simplificado, régimen especial de la agricultura ganadería y pesca o régimen especial de recargo de equivalencia.
  7. No figuras inscrito en el registro de operadores intracomunitarios o en el de devolución mensual del IVA.
  8. No realizas ventas a distancia.

Espero que os haya sido útil. Próximamente volveremos con más impuestos 🙂

Accede al post original en mi blog de Womenalia aquí