Los costes sociales de contratar a un empleado

Los costes sociales de contratar a un empleado

costes sociales

¿Tienes claro cuánto cuesta contratar a alguien en tu empresa?

Realizar una nueva incorporación a nuestra plantilla nos supone varios costes, uno de ellos es el que encabeza el título del post y en el que nos centraremos.

¿Cuáles son los costes sociales de contratar a un empleado?

  • Costes sociales: Es el mayor de los tres costes y se produce además todos los meses. Se desdobla en el salario y seguridad social de la persona que se incorpora. Con respecto al salario, se estará a lo que dicte el convenio que corresponda y si no existe convenio se atenderá al Estatuto de los Trabajadores.
  • Costes de la mutua de accidentes de trabajo y prevención de riesgos laborales: como poco se incrementará por el reconocimiento médico del nuevo colaborador, siempre que ya hubiésemos contratado anteriormente a más personas. Si se trata del primero, hay una cuota anual por el estudio y la formación en la prevención de los riesgos laborales que va a ser igual tengas un trabajador o cinco. En este supuesto es conveniente pedir presupuestos a diferentes mutuas, pues los precios pueden oscilar mucho entre unas y otras.
  • Costes de nuestra asesoría laboral: Suele ser de escaso importe aunque se produce todos los meses. Lo normal es que haya un coste puntual por el alta y un coste mensual por la realización de su nómina. También en este supuesto resulta conveniente consultar precios aunque el componente de la profesionalidad, experiencia y servicios adicionales incluidos en la cuota no son nada desdeñables y deben ser examinados con cautela. Lo barato puede resultar caro.

Los costes sociales se componen de:

  1. El salario bruto
  2. El coste de seguridad social* 

*Podemos realizar un cálculo estimado de su importe en la mayoría de las ocasiones aplicando un 32% al importe de las percepciones salariales que conformen el salario bruto en cuestión.

Aunque los costes o gastos son los dos importes que acabamos de comentar, luego los pagos se dividen en tres partes. De nuevo, otro caso en el que los gastos no se corresponden directamente con los pagos (volvemos a recordaros que no es lo mismo pagar que gastar)

Los pagos serían tres:

  1.  El salario neto que pagamos cada mes a nuestros empleados.
  2. El coste de seguridad social a cargo de la empresa más el coste de seguridad social que paga el empleado (la llamada cuota obrera). Este pago se realiza en el mes siguiente al devengo. Es decir que el pago de la seguridad social de las nóminas de agosto se paga a finales de septiembre. El coste de la seguridad social del empleado no es un mayor coste para la empresa toda vez que se trata de una de las cantidades que se detraen del salario bruto para llegar al salario neto.
  3. El importe de las retenciones de IRPF que aplicamos en la nómina cada mes y que ingresamos trimestralmente a través del modelo 111 como ya vimos. Este importe es una cantidad que se detrae del salario bruto para llegar al salario neto, no constituyendo un mayor gasto tampoco.

Ten en cuenta a la hora de realizar tus cálculos numéricos que algunas empresas y convenios determinan la necesidad de establecer un seguro con una cobertura específica para cada trabajador.

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